Sentencia N° 1082 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de julio de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1082, Exp. 08-0376, 08/07/2008
Expediente08-0376
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-08
DecisiónNo Acepta la remisión
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia no acepta la remisión de la sentencia condenatoria dictada el 4 de noviembre de 2002 contra Wilmer Antonio Quintana López, debido a que la sentencia no estaba definitivamente firme. Se destaca que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico había declinado su competencia para conocer la revisión de la pena, lo que generó un conflicto de competencia. La Sala también apercibe al Presidente de la Corte de Apelaciones por promover prácticas que obstaculizan el trabajo de la Sala Constitucional.
Extracto de la motiva
La Sala para la decisión observa: El 4 de noviembre de 2002, la Jueza Primera de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con ocasión de la celebración de la audiencia preliminar a los coimputados Wilmer José Quintana López y Delmira Josefina Guerra, entre otros pronunciamientos, condenó al acusado Wilmer José Quintana, a cumplir la pena de ocho años de prisión, por la comisión de los delitos de tráfico y posesión de sustancia estupefacientes y psicotrópicas, “previstos y sancionados en los artículos 34 y 36 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, respectivamente, por los hechos ocurridos en fechas 12-01-2001 y 05-01-2002, todo conforme a las disposiciones contenidas en los en artículos 74 ordinal 4°, 88 del Código Penal y 376 del Código Orgánico Procesal Penal”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO ACEPTA LA REMISIÓN efectuada el 27 de febrero de 2008, por el Juzgado Primero en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, de la sentencia condenatoria de fecha 4 de noviembre de 2002, recaída contra el penado Wilmer Antonio Quintana López; a instancias del Presidente de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, por haberse perfeccionado el carácter de cosa juzgada material.
Palabras clave
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