Sentencia N° 1080 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 1080, Exp. 13-0946, 08/12/2017
Expediente13-0946
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónHomologado

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara homologado el desistimiento de la acción de amparo interpuesta por el abogado Pedro Celestino Ramírez en representación de Joel Gregorio Prado La Cruz. La acción de amparo tenía como objeto la decisión de la Sala Accidental n.° 132 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que había declarado con lugar un recurso de apelación del Ministerio Público contra medidas cautelares otorgadas al accionante. La Sala considera que el desistimiento fue presentado de manera válida y no afecta el orden público ni las buenas costumbres.

Extracto de la motiva

En el escrito contentivo de la solicitud de amparo, la defensa de la parte accionante señaló expresamente lo siguiente: El 15 de noviembre de 2012, el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, dictó decisión en la cual sustituyó la medida privativa judicial preventiva de libertad en modalidad de arresto domiciliario (sic) que venía cumpliendo mi patrocinado y le otorgó las medidas cautelares sustitutivas previstas en el Artículo (sic) 256 numerales 3, 4, 5, 6 y 9 del anterior Código Orgánico Procesal Penal, en razón de constar en autos varios informes médicos -clínicos forenses- que daban cuenta de un grave deterioro de su salud que requería el sometimiento urgente al respectivo tratamiento médico. Pasados veintidós (22) días continuos de emitida esta decisión, en lo que esta defensa sigue considerando una violación al debido proceso por vulneración de los lapsos establecidos en el Articulo (sic) 179 (hoy 166) del Código Orgánico Procesal Penal, asunto que fue planteado como punto previo en la contestación del recurso y sobre el cual se pidió a la Corte de Apelaciones el respectivo pronunciamiento.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento de la acción de amparo interpuesta por el abogado Pedro Celestino Ramírez, actuando en su carácter de defensor, tal como consta en autos, del ciudadano JOEL GREGORIO PRADO LA CRUZ. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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