Sentencia N° 1080 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de abril de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 1080, Exp. 04-2498, 03/11/2010
Expediente04-2498
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-04-08
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión núm. 0191, dictada el 8 de abril de 2010, declaró parcialmente con lugar la demanda de nulidad presentada por el Defensor del Pueblo y otros abogados contra varios artículos del Código de Policía del Estado Mérida. La sentencia anula ciertos artículos y establece que la nulidad tiene efectos ex nunc, es decir, hacia el futuro. Además, se ordena la publicación de la sentencia en la Gaceta Oficial y se exhorta al Consejo Legislativo del Estado Mérida a derogar disposiciones similares.
Extracto de la motiva
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de nulidad que intentó el ciudadano GERMÁN JOSÉ MUNDARAIN HERNÁNDEZ, para el momento Defensor del Pueblo, y los abogados de la Defensoría LUZ PATRICIA MEJÍA GUERRERO, ALBERTO ROSSI PALENCIA, VERÓNICA CUERVO SOTO, LINDA CARALÍ GOITÍA y SACHA FERNÁNDEZ, contra los artículos 9, ordinales 4°, 16°, 18°, 19° y 20°; 10 cardinal 6°, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 43, 44, 45, 47, 50, 51, 52, 53, 56, 57, 61, 63, 64, 67, 75, 77, 80, 82, 99, 120, 123, 124, 126, 136, 142, 150, 163, 166, 171, 172, 178, 179, 181, 183, 185, 187, 191, 192, 194, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 215, 217, 218, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238 y 239 del Código de Policía del Estado Mérida, publicado en la Gaceta Oficial de esa entidad, Edición Extraordinaria, el 15 de julio de 1957. En consecuencia: PRIMERO: SE ANULAN los artículos 9, ordinales 4° y 16°, 10 ordinal 6°; 14, 26, 27, 29, 35, 80, 179, 208, 224, 225, 226, 227, 228, 231, 233, 236 y 239 del Código de Policía del Estado Mérida, publicado en la Gaceta Oficial de esa Entidad Federal, Edición Extraordinaria, el 15 de julio de 1957. SEGUNDO: SE ANULAN PARCIALMENTE, en lo que respecta a la facultad de órgano policial de restringir la libertad personal, los artículos 12, 17, 20, 21, 22, 23, 28, 34, 38, 40, 45, 50, 53, 57, 63, 64, 67, 82, 126, 150 Aparte Único; 166, 178, 222, 223, 230 y 235 del Código de Policía del Estado Mérida, publicado en la Gaceta Oficial de esa entidad, Edición Extraordinaria, el 15 de julio de 1957.
Dispositiva
PRIMERO: SE ANULAN los artículos 9, ordinales 4° y 16°, 10 ordinal 6°; 14, 26, 27, 29, 35, 80, 179, 208, 224, 225, 226, 227, 228, 231, 233, 236 y 239 del Código de Policía del Estado Mérida, publicado en la Gaceta Oficial de esa Entidad Federal, Edición Extraordinaria, el 15 de julio de 1957. SEGUNDO: SE ANULAN PARCIALMENTE, en lo que respecta a la facultad de órgano policial de restringir la libertad personal, los artículos 12, 17, 20, 21, 22, 23, 28, 34, 38, 40, 45, 50, 53, 57, 63, 64, 67, 82, 126, 150 Aparte Único; 166, 178, 222, 223, 230 y 235 del Código de Policía del Estado Mérida, publicado en la Gaceta Oficial de esa entidad, Edición Extraordinaria, el 15 de julio de 1957. TERCERO: SIN LUGAR la pretensión de nulidad interpuesta contra de los artículos 9, ordinales 18°, 19° y 20°; 11, 13, 15, 16, 30, 31, 32, 36, 39, 43, 44, 47, 51, 52, 56, 61, 75, 77, 99, 120, 123, 124, 136, 142, 163, 171, 172, 181, 183, 185, 187, 191, 192, 194, 204, 205, 206, 207, 209, 210, 211, 212, 215, 217, 218, 229, 232, 234, 237 y 238 del Código de Policía del Estado Mérida, publicado en la Gaceta Oficial de esa entidad, Edición Extraordinaria, el 15 de julio de 1957. CUARTO: SE FIJAN los efectos de la presente declaratoria con carácter ex nunc, es decir hacia el futuro. QUINTO: SE ORDENA poner en libertad a cualquier persona que estuviere sometida a la pena de arresto, con base en las normas cuya nulidad fue declarada en este fallo y SE ORDENA eliminar cualquier referencia (en expedientes, archivos y/o registros) a la detención de que hubieren sido objeto las personas a las que se les aplicaron las normas ahora derogadas. SEXTO: SE ORDENA la publicación del texto íntegro de esta sentencia en la Gaceta Oficial de la República y en la Gaceta Oficial del Estado Mérida, con la siguiente mención en su sumario: “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que declara la nulidad absoluta de los artículos 9, ordinales 4° y 16°, 10 ordinal 6°; 14, 26, 27, 29, 35, 80, 179, 208, 224, 225, 226, 227, 228, 231, 233, 236 y 239 del Código de Policía del Estado Mérida; y la nulidad parcial, en lo que respecta a la facultad de órgano policial de restringir la libertad personal, de los artículos 12, 17, 20, 21, 22, 23, 28, 34, 38, 40, 45, 50, 53, 57, 63, 64, 67, 82, 126, 150 Aparte Único; 166, 178, 222, 223, 230 y 235 del mismo Código”. SÉPTIMO: SE EXHORTA al Consejo Legislativo del Estado Mérida para que derogue cualquier disposición de contenido similar a las que han sido anuladas por este fallo y para que no incluyan, en lo sucesivo, sanciones de privación o restricción de libertad en sus textos legales. OCTAVO: NOTIFICAR a la Defensoría del Pueblo de la presente decisión, a los fines de que estime la posibilidad de solicitar la extensión de los efectos. NOVENO: EXTENDER los efectos de la presente decisión, siempre que se solicite formalmente, se acredite estar en idéntica situación frente a un Código de Policía estatal contentivo de la normativa anulada por inconstitucionalidad en el presente fallo y aún no se haya celebrado el acto oral. En ese caso, la Sala, previa verificación sumaria, decidirá si ha lugar la extensión de efectos solicitada pudiendo acordarla; en caso contrario se ordenará el trámite de ley para decidir la nulidad.
Palabras clave
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Normas citadas
Código de Policía del Estado Mérida
Código de Policía del Estado Miranda
Código de Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua
Código de Policía del Estado Monagas
Código de Policía del Estado Nueva Esparta
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