Sentencia N° 108 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de agosto de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0108, Exp. 21-0455, 12/02/2025
Expediente21-0455
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-08-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia nro. 00284 dictada por la Sala de Casación Civil, que había declarado 'PERECIDO' el recurso de casación y 'CON LUGAR' la demanda por partición y liquidación de herencia. La Sala Constitucional determinó su competencia para conocer la solicitud de revisión y ordenó solicitar al Juzgado Primero de Primera Instancia Civil el expediente correspondiente al juicio de partición. Se estableció que la revisión se fundamenta en la necesidad de verificar el estado civil del ciudadano Geo Monti Lugari al momento de la venta de un inmueble, para determinar su inclusión en el acervo hereditario.
Extracto de la motiva
Ahora bien, visto que además la Sala de Casación Civil refirió en la sentencia que “el ciudadano Geo Monti Lugari, contrajo múltiples matrimonios estando en vida”, debe esta Sala, ante la situación planteada verificar la certeza del estado civil del prenombrado ciudadano para el momento en que efectuó la venta del inmueble a la demandante de partición, para así determinar si el bien inmueble antes referido formaba parte del acervo hereditario del de cujus o si, conforme fue señalado por la aludida Sala, el bien inmueble constituía un bien propio de la ciudadana Olga Josefina Perdomo Ochoa; por lo que, en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, a tenor de lo previsto en la parte in fine del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por considerarlo imprescindible, SE ORDENA solicitar al Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remita a esta Sala dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más dos (2) días de término de la distancia, el original del expediente correspondiente al juicio de partición incoado por la ciudadana Olga Josefina Perdomo Ochoa, contra los ciudadanos Fulvia Monti Guidetti y Gian Franco Monti Cevasco.
Dispositiva
Se ordena solicitar al Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remita a esta Sala dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más dos (2) días de término de la distancia, el original del expediente correspondiente al juicio de partición incoado por la ciudadana Olga Josefina Perdomo Ochoa, contra los ciudadanos Fulvia Monti Guidetti y Gian Franco Monti Cevasco.