Sentencia N° 1076 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de julio de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1076, Exp. 22-0519, 09/07/2025
Expediente22-0519
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-07-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de julio de 2025, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Marisol de Jesús Barrios, madre del ciudadano Robert Gustavo Terán Barrios, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo. La Corte argumentó que no se evidenció una amenaza inmediata, posible y realizable contra los derechos del demandante, lo que llevó a la inadmisibilidad del amparo. La Sala Constitucional reafirmó su competencia para conocer del recurso y confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
MOTIVAN LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO. La presente acción de amparo constitucional se interpone en contra de la ABG. ANNEIDIS GRAFFE, en su condición de Juez Primera en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, con sede en Tumeremo, Municipio Sifontes, Estado Bolívar; por contravenir lo contemplado en el artículo 43 de la [Constitución de la ] República Bolivariana de Venezuela, en donde se consagra el DERECHO A LA VIDA, por las incidencias que de seguida se explanan: Como ya mencioné el día 20 de Abril de 2022 culminó el juicio llevado a [su] hijo ROBERT GUSTAVO TERÁN BARRIOS con la sentencia condenatoria dictada en su contra, en donde aparte de aplicarte la pena máxima que nuestra carta magna permite, se le fijó como sitio de reclusión el Internado Judicial El Dorado, ubicado en la Población de el mismo nombre, Municipio Sifontes, Estado Bolívar; en ese momento los defensores privados de mí hijo solicitan a través de la secretaria de sala, ciudadana ABG. YELITZA GUTIÉRREZ una audiencia con la ciudadana Juez, ya que salió muy rápido apenas concluyó de manifestar su
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación ejercido contra el fallo dictado el 13 de mayo de 2022 por la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Sur del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, el 19 de mayo de 2022, por los abogados Jhonny Oswaldo Moreno Arévalo y Willian Alexander García Padrón, en su carácter de apoderados de la ciudadana MARISOL DEL JESÚS BARRIOS, en su condición de madre del ciudadano Robert Gustavo Terán Barrios (acusado). TERCERO: Se CONFIRMA el fallo dictado por la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Sur del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 13 de mayo de 2022.
Palabras clave
amparoderecho a la vidajusticiaviolencia contra la mujersentenciamedios de comunicación