Sentencia N° 1071 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1071, Exp. 03-3013, 03/06/2004
Expediente03-3013
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-06-03
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Christian Alejandro Jove, quien alegó violaciones a sus derechos a la defensa, a la presunción de inocencia y al juez natural. La Sala declaró su competencia y analizó la pretensión de amparo, encontrando que la decisión impugnada de la Sala n° 7 de la Corte de Apelaciones fue debidamente fundamentada y no incurrió en violaciones de derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

La omisión detectada en el presente recurso extraordinario de revisión, no puede ser subsanada por esta Sala, y lo cual conlleva que se DESESTIME el recurso en estudio, por ser infundado y en consecuencia, no debe ser admitido el recurso propuesto por la Defensora Pública Trigésima Cuarta de Presos de este Circuito Judicial Penal, a favor del condenado CRISTIAN ALEJANDRO JOVE.- Y ASI SE DECIDE. Asimismo, debe señalar esta Sala que la decisión objeto de impugnación mediante amparo sí se pronunció respecto de los testimonios notariados de los testigos Johan Felipe Machado Moreno y Nayerli González Llamoza y estableció que '… los documentos que acompañan el presente recurso de apelación (sic), tales como las declaraciones de los ciudadanos NAYERLI GONZÁLEZ LLAMOZA y JOHAN FELIPE MACHADO MORENO, no son suficientes, a los fines de solicitar un recurso extraordinario de revisión, por cuanto desprende de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 18-09-2002, que para demostrar culpabilidad de CRISTIAN ALEJANDRO JOVE, la misma fue probada, entre otras, con las declaraciones de los ciudadanos ALEXANDRA PÉREZ REAPES, JOHAN FELIPE MACHADO MORENO, GABRIEL JESÚS REQUENA y MERLYN ALEXANDRA GONZÁLEZ MIJARES, es decir, faltarían las declaraciones de ALEXANDRA PÉREZ REAPES, GABRIEL JESÚS REQUENA y MERLYN ALEXANDRA GONZÁLEZ MIJARES, para que proceda correspondiente recurso extraordinario de revisión de sentencia, y a los fines de poder dar cumplimiento a las exigencias del legislador procesal penal'.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la pretensión de amparo que incoó ciudadano CHRISTIAN Ó CRISTIAN ALEJANDRO JOVE contra la decisión que dictó Sala n° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 19 de mayo de 2003. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensapresunción de inocenciajuez naturalrevisión de sentenciaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca