Sentencia N° 1069 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de enero de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 1069, Exp. 23-1073, 27/11/2024
Expediente23-1073
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-01-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por varias ciudadanas en relación a una decisión judicial que declaró inadmisible su acción de amparo sobrevenido. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y ordenó a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo que remitiera la copia certificada de la decisión impugnada y la información sobre el estado actual de la causa principal.

Extracto de la motiva

Ahora bien, una revisión exhaustiva de las actas procesales que integran la presente causa, evidencia que mediante oficio N° 221-2023 del 28 de abril de 2023, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo remitió a esta Sala el expediente identificado con el alfanumérico TAC-13-04-2023-03, nomenclatura del referido órgano jurisdiccional, contentivo de las actuaciones relacionadas con la solicitud de tutela constitucional incoada contra la sentencia del 4 de abril de 2023, proferida por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo. Sin embargo, el acto jurisdiccional impugnado mediante amparo fue remitido en copia simple, razón por la cual, la Sala, para poder emitir pronunciamiento juzga necesario requerir, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, CON CARÁCTER DE URGENCIA, a la Presidenta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, lo siguiente: (i) la copia certificada de la decisión de fecha 4 de abril de 2023, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Trujillo; e (ii) información sobre el estado actual de la causa principal identificada con el alfanumérico TCL-06-10-2022-208, según nomenclatura del referido órgano jurisdiccional, precisándose si existe sentencia definitiva y, en caso de que haya sido dictada, remitir copia certificada de dicho acto jurisdiccional.

Dispositiva

Se ORDENA a la Presidenta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, cumplir con esta orden dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más seis (6) días correspondientes al término de la distancia.

Palabras clave

amparoapelaciónconstitucionalTrujillo

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