Sentencia N° 1068 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de julio de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1068, Exp. 12-1148, 30/07/2013
Expediente12-1148
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-30
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de una sentencia de desalojo interpuesta por el Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (Fogade) contra Luis H. Da Silva. La decisión del Juzgado Superior Sexto había declarado con lugar la demanda de desalojo, fundamentándose en la situación de emergencia financiera y la normativa especial aplicable. La Sala, al analizar la solicitud, concluyó que no se verificaban los presupuestos para la revisión y que la decisión impugnada no incurrió en errores que justificaran su intervención.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional tiene atribuida la potestad de revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República. En este caso, la revisión se solicitó respecto de la decisión del Juzgado Superior Sexto que declaró con lugar la demanda de desalojo. La Sala destacó que el ejercicio de la facultad de revisión es discrecional y que la solicitud no cumplía con los requisitos para su admisión, ya que se pretendía reexaminar argumentos ya analizados por el tribunal de alzada. Por lo tanto, se declaró no ha lugar a la solicitud de revisión.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión intentada por la representación del ciudadano LUIS H. DA SILVA, contra la sentencia del 25 de abril de 2011 y su aclaratoria del 19 de septiembre de 2011, dictadas por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.