Sentencia N° 1067 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de julio de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1067, Exp. 24-0469, 09/07/2025
Expediente24-0469
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-07-09
DecisiónORDENA
Resumen
La Sala Constitucional recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por Gustavo Alexis López Herrera contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Nacional Primero de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se alega que el juzgado no ha respondido a un recurso de apelación desde octubre de 2023. La Sala determina su competencia para conocer el caso y ordena al juzgado que informe sobre el estado del recurso de apelación y las razones de su omisión.
Extracto de la motiva
Ello así, considera esta Sala que, a fin de salvaguardar la tutela judicial efectiva, le es dado al juez constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, la posibilidad de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento. Así, en aras de realizar un pronunciamiento, y a tenor de lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, dicta auto para mejor proveer y, en consecuencia, esta Sala ORDENA al Juzgado Nacional Primero de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Capital; que INFORME a esta Sala: a) El estado en que se encuentra la tramitación del recurso de apelación interpuesto el 9 de octubre de 2023, por el abogado Gustavo Alexis López Herrera, actuando en nombre propio, contra la decisión n° 045/2023, dictada el 18 de julio de 2023, por el Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró inadmisible la demanda por daños y perjuicios y cumplimiento de contrato interpuesta por el señalado ciudadano contra la empresa Telecomunicaciones Movilnet C.A., y la agencia autorizada Caris Celular C.A; b) En caso de no haber emitido pronunciamiento remita un informe expresando las razones por las cuales no se ha pronunciado al respecto, información que deberá remitir con el acompañamiento de la documentación respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la constancia en autos de su notificación.
Dispositiva
ORDENA al Juzgado Nacional Primero de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Capital; que INFORME a esta Sala: a) El estado en que se encuentra la tramitación del recurso de apelación interpuesto el 9 de octubre de 2023, por el abogado Gustavo Alexis López Herrera, actuando en nombre propio, contra la decisión n° 045/2023, dictada el 18 de julio de 2023, por el Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró inadmisible la demanda por daños y perjuicios y cumplimiento de contrato interpuesta por el señalado ciudadano contra la empresa Telecomunicaciones Movilnet C.A., y la agencia autorizada Caris Celular C.A; b) En caso de no haber emitido pronunciamiento remita un informe expresando las razones por las cuales no se ha pronunciado al respecto, información que deberá remitir con el acompañamiento de la documentación respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la constancia en autos de su notificación.
Palabras clave
amparotutela judicialjurisdicción contencioso administrativarecurso de apelacióndecisión inadmisibleinformes judiciales