Sentencia N° 1067 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de julio de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1067, Exp. 08-1208, 31/07/2009
Expediente08-1208
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2009-07-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional interpuesto por Freddy Rubén Couri Cano, quien alegó la omisión de pronunciamiento del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara respecto a una medida de secuestro solicitada en un juicio por indemnización de daños y perjuicios. La Sala declaró su competencia para conocer el recurso y analizó la inadmisión de la pretensión de amparo, argumentando que el Juzgado había perdido jurisdicción sobre el asunto tras remitir el expediente a la alzada. La Sala concluyó que, aunque el Juzgado había perdido jurisdicción, la fase cautelar de la causa era autónoma y podía ser solicitada ante el tribunal que conocía la apelación. Sin embargo, se determinó que la acción de amparo no era admisible debido a que la situación planteada por el quejoso resultaba de imposible realización, confirmando así la inadmisión de la pretensión de amparo y declarando sin lugar el recurso de apelación. Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, reafirmando la importancia de la tutela judicial efectiva y el derecho a un pronunciamiento oportuno por parte de los tribunales.

Extracto de la motiva

El pronunciamiento objeto del recurso de autos fue expedido por el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 20 de agosto de 2008. La parte actora apeló al día siguiente, esto es, el primer día de despacho del lapso para el ejercicio de la apelación, tal y como lo preceptúa el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que el recurso se oyó adecuadamente, y así se declara. La parte apelante no consignó escrito de fundamentación de su apelación. Esta Sala pasa a pronunciarse con respecto al recurso apelación que el pretensor de tutela constitucional incoó contra la declaración de inadmisión que emitió el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 20 de agosto de 2008, y al respecto la Sala observa que la pretensión de tutela constitucional se dirige contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, con respecto a la medida de secuestro que el co-demandante Freddy Rubén Couri Cano solicitó en el juicio que incoó, junto con Nelson Ricardo Couri Cano, contra Josué René Couri Henríquez, Ricardo Enrique Couri Henríquez, Eddy Josefina Couri Henríquez, Amelia Gabriela Couri Henríquez, Josefina Henríquez y Representaciones Araure C.A., después de que dicho juzgado declaró con lugar su demanda por indemnización de daños y perjuicios, mediante juzgamiento que fue, posteriormente, objeto de apelación por su contraparte en ese juicio, tal y como lo alegó el denunciante, y que fue oída en ambos efectos por ese tribunal. El a quo constitucional declaró la inadmisión de la pretensión de tutela constitucional, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que, “una vez remitido el asunto, el Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, perdió jurisdicción sobre el mismo, por lo que no p(odía) realizar pronunciamiento alguno en la causa; y en consecuencia la situación planteada por el quejoso resulta de imposible realización por el presunto agraviante…”. Igualmente, señaló la parte accionante que, una vez que fue admitida la apelación, dicho Juzgado remitió el expediente al superior correspondiente para su tramitación y conocimiento, de lo que se desprende que el Tribunal al cual se le atribuye la lesión constitucional no dispone actualmente de las actas.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que ejerció FREDDY RUBÉN COURI CANO contra la sentencia que emitió el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró la inadmisión de la pretensión de amparo de autos contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en el juicio por indemnización de daños y perjuicios que incoaron Nelson Ricardo Couri Cano y Freddy Rubén Couri Cano contra Josué René Couri Henríquez, Ricardo Enrique Couri Henríquez, Eddy Josefina Couri Henríquez, Amelia Gabriela Couri Henríquez, Josefina Henríquez y Representaciones Araure C.A., la cual se CONFIRMA por los motivos que se expusieron. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente.

Palabras clave

apelacióntutela constitucionalmedidas cautelaresjurisdiccióninadmisibilidaddaños y perjuicios

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