Sentencia N° 1067 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de julio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1067, Exp. 08-0577, 08/07/2008
Expediente08-0577
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Manuel Assad Brito en representación de Sylvain Meher Wixel, contra una sentencia dictada por la misma Sala. La decisión se fundamenta en la prohibición expresa de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que impide la admisión de acciones de amparo contra decisiones de la Corte Suprema de Justicia o del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala argumenta que no existe un tribunal superior al que emitió el pronunciamiento, lo que hace inviable la acción de amparo en este caso.

Extracto de la motiva

De conformidad con la norma antes transcrita y de la jurisprudencia aceptada pacíficamente por la extinta Corte Suprema de Justicia y por este Tribunal Supremo de Justicia (caso: Isabel Valdivia Rivera, del 23 de marzo de 2001), no es posible el ejercicio de la acción de amparo constitucional en contra de las decisiones de la extinta Corte Suprema de Justicia, ni del hoy Tribunal Supremo de Justicia. Como se observa, existe una prohibición expresa de la ley que rige la materia del amparo constitucional, del ejercicio de tal acción en contra de las sentencias de alguna de las Salas de este máximo organismo jurisdiccional, la cual la hace inadmisible. Siendo ello así, igualmente sería inadmisible el ejercicio de la acción de amparo en contra de cualquier amenaza de violación por parte de alguna de las Salas de este Supremo Tribunal.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Manuel Assad Brito, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SYLVAIN MEHER WIXEL, contra la sentencia dictada, el 20 de diciembre de 2007, por esta Sala Constitucional del Tribunal Suprema de Justicia. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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