Sentencia N° 1066 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de agosto de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1066, Exp. 14-0399, 05/08/2014
Expediente14-0399
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-08-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado Imer Eduardo Ramírez Rodríguez en representación de José Gregory Santiago Pernia, debido a la cesación de la violación de derechos constitucionales. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida había declarado inadmisible la acción de amparo en la modalidad de habeas corpus, lo que llevó a la Sala a considerar que la amenaza a los derechos del accionante había cesado, resultando en la inadmisibilidad sobrevenida de la acción. La decisión se fundamenta en la normativa vigente y en la jurisprudencia establecida por la Sala.
Extracto de la motiva
En el presente caso, con la decisión que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en fecha 24 de abril de 2014, la posible amenaza de los derechos constitucionales del ciudadano José Gregory Santiago Pernia, cesó, motivo por el cual, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 1, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la presente acción de amparo constitucional resulta inadmisible, por causal sobrevenida.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, por causal sobrevenida, la acción de amparo interpuesta por el abogado Imer Eduardo Ramírez Rodríguez, en su carácter de defensor del ciudadano JOSÉ GREGORY SANTIAGO PERNIA, contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.