Sentencia N° 1064 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1064, Exp. 22-0453, 10/08/2023
Expediente22-0453
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado Asdrúbal Placeres en representación de Jesús Rafael Ramírez. El recurso fue presentado contra una decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la solicitud de amparo constitucional. La Sala determinó que el recurso era intempestivo, ya que fue presentado fuera del lapso establecido por la ley.

Extracto de la motiva

Visto, pues, que el recurso de apelación fue presentado el 19 de mayo de 2022, es decir, al quinto día hábil siguiente a la fecha en que fue dictada la sentencia objeto de apelación, es menester concluir que el referido medio fue planteado intempestivamente, es decir, una vez transcurrido el lapso de tres días al que se refiere el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Siendo así, el recurso de apelación bajo examen debe declararse inadmisible. Así se establece.

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer del recurso de apelación incoado, el 19 de mayo de 2022, por el abogado Asdrúbal Placeres, en su carácter de defensor del ciudadano JESÚS RAFAEL RAMÍREZ, contra la decisión dictada, el 12 de mayo de 2022, por la Sala núm. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, mediante la cual declaró inadmisible la SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL presentada por el referido abogado. SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación incoado, en virtud de su intempestividad.

Palabras clave

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