Sentencia N° 1062 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1062, Exp. 04-1167, 03/06/2004
Expediente04-1167
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-06-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos miembros de la asociación civil 'Queremos Elegir' contra el Consejo Nacional Electoral. Los actores alegaron la vulneración de sus derechos constitucionales al declarar inválidas más de 375.000 firmas solicitantes de un referéndum revocatorio. La Sala determinó que la acción no se refiere a derechos difusos o colectivos, sino a derechos individuales, lo que no es objeto de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala observa que los ciudadanos han denunciado la violación de derechos constitucionales que inciden en su esfera jurídica particular, como la participación y el desenvolvimiento de su personalidad. Se concluye que no actúan en protección de derechos colectivos, ya que la orden que aspiran dictar se refiere a una exigencia concreta y precisa, que es el reconocimiento de validez a sus rúbricas, las cuales son de carácter personal. Por lo tanto, la acción intentada es inadmisible, ya que no es la vía idónea para solicitar el reconocimiento de validez de las firmas declaradas nulas y no susceptibles de reparo por el Consejo Nacional Electoral.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción interpuesta por los ciudadanos ELÍAS SANTANA, VICTORIA BUSTILLOS, MARÍALUISA UNGREDA, JUAN CARLOS JIMÉNEZ, ZULIA RODRÍGUEZ y ARNALDO GONZÁLEZ, en su carácter de miembros de 'QUEREMOS ELEGIR', asistidos por el abogado RENÉ MOLINA GALICIA, contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparoderechos constitucionalesreferéndum revocatorioparticipación ciudadanafirmaConsejo Nacional Electoralinadmisionintereses colectivos