Sentencia N° 1059 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 1059, Exp. 15-1267, 09/12/2016
Expediente15-1267
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-12-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Alirio Alberto García Aruca, quien impugnó sentencias del Juzgado Superior Civil que declararon con lugar una acción reivindicatoria. La Sala determinó que el juzgado inferior incurrió en errores en la valoración de pruebas, especialmente en la falta de presentación de documentos que acreditaran la propiedad del inmueble en disputa. La decisión fue anulada y se ordenó un nuevo conocimiento del recurso de apelación por un juez distinto, garantizando así el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Alirio Alberto García Aruca, quien impugnó sentencias del Juzgado Superior Civil que declararon con lugar una acción reivindicatoria. La Sala determinó que el juzgado inferior incurrió en errores en la valoración de pruebas, especialmente en la falta de presentación de documentos que acreditaran la propiedad del inmueble en disputa. La decisión fue anulada y se ordenó un nuevo conocimiento del recurso de apelación por un juez distinto, garantizando así el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el ciudadano ALIRIO ALBERTO GARCÍA ARUCA, titular de la cédula de identidad N° 1.398.341 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 60.063, actuando en su propio nombre y representación, de la decisión dictada el 14 de abril de 2015 por el Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En consecuencia, se ANULA la decisión sometida a revisión y se ORDENA al Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, constituido por otro juez, para que conozca del recurso de apelación ejercido sin incurrir en los vicios delatados en el presente fallo y considerando, a su vez, los razonamientos establecidos en la presente decisión.

Palabras clave

reivindicaciónprescripción adquisitivaidentidad de inmueblespruebadecisión judicialCódigo CivilCódigo de Procedimiento Civil

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