Sentencia N° 1057 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de junio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1057, Exp. 05-0801, 01/06/2005
Expediente05-0801
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2005-06-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa interpuesta por el abogado Henrique Iribarren Monteverde contra la Asamblea Nacional, debido a la falta de remisión del Código de Ética del Juez o Jueza Venezolana para su promulgación. La Sala determinó su competencia y legitimación activa del demandante, basándose en los artículos 336.7 de la Constitución y 12.5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
La acción de inconstitucionalidad por omisión interpuesta se fundamenta en el artículo 336.7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 12.5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en la que se alega que la Asamblea Nacional no ha remitido la Ley sancionada el 16 de octubre de 2003 del Código de Ética del Juez o Jueza Venezolana al Presidente de la República para su promulgación. La Sala considera que la inactividad legislativa constituye una grave omisión que afecta el cumplimiento de los principios constitucionales relacionados con la creación y desarrollo de los Tribunales Disciplinarios del Poder Judicial. En consecuencia, se declara con lugar la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa, ordenando la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para la continuación del procedimiento.
Dispositiva
1) Se declara COMPETENTE y ADMITE la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa interpuesta por el abogado Henrique Iribarren Monteverde en contra de la Asamblea Nacional. 2) ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que practique las notificaciones de ley y la subsiguiente continuación del procedimiento, todo de conformidad con el precedente sentado con carácter vinculante en la sentencia número 1645 del 19 de agosto de 2004 (Caso: Constitución Federal del Estado Falcón). 3) ORDENA la sustitución de los ciudadanos Elio Gómez Grillo, Laurence Quijada y Beltrán Hadad, quienes actualmente se desempeñan como miembros integrantes de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, por los ciudadanos Carmen Zuleta de Merchán, quien la presidirá, Rosa Da Silva Guerra y Octavio Sisco Ricardi. Igualmente se designan como Suplentes a los ciudadanos Belkys Useche de Fernández, Gilberto Guerrero Roca e Indira Pérez.
Palabras clave
inconstitucionalidadomisión legislativaCódigo de ÉticaAsamblea NacionalPoder Judicialjurisdicción disciplinariainterés público