Sentencia N° 1055 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de octubre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1055, Exp. 10-0506, 28/10/2010
Expediente10-0506
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-10-28
DecisiónAnula

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una sentencia del Juzgado Superior Civil que desaplicó el artículo 40 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios en un caso de desalojo. La Sala determinó que la desaplicación fue incorrecta, ya que el juez no aplicó adecuadamente las normas pertinentes y concedió una prórroga legal a la arrendataria a pesar de su insolvencia. La Sala anula la sentencia y ordena al juzgado que decida nuevamente sobre la apelación, considerando las irregularidades en el fallo original.

Extracto de la motiva

La motivación para la desaplicación fue la siguiente: (...) este Tribunal declara fraguado el juicio de desalojo, independientemente de la existencia del arrendamiento, que se resuelve por falta de pago de los alquileres, pero, este Tribunal, con fundamento en el artículo 20 del Código de Procedimiento Civil y con fundamento a la simulación de los hechos que constan en el expediente, lo cual es violatorio del los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución nacional, pues, el proceso no es un miasma, que se puede utilizar para sorprender a los Jueces en su buena Fe (aún cuando la Juez de la causa no hizo un análisis correcto y no hizo reparo en el cúmulo de indicios que le indicaban, como se vulneraban derechos de la justiciable demandada), desaplica en este caso el artículo 40 de la Ley de arrendamientos Inmobiliarios, y le concede el beneficio de la prorroga (sic) legal de tres años contados a partir de que este fallo cause cosa juzgada a la demandada, para que proceda el desalojo de la misma; sin perjuicio que ésta demande la simulación de la venta hecha por León Carrasquero, así como la prescripción adquisitiva veinteñal; y así se establece.

Dispositiva

Por las razones que preceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley: 1. ANULA la sentencia que dictó el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón el 18 de febrero de 2010, que desaplicó el artículo 40 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. 2. ORDENA al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que decida nuevamente sobre la apelación que fue sometida a su conocimiento, de acuerdo con las consideraciones que fueron expuestas en el presente veredicto. 3. ORDENA la remisión de copia certificada de esta decisión a la Inspectoría General de Tribunales para que determine si existe alguna responsabilidad disciplinaria.

Palabras clave

arrendamientosconstitucionalidaddesalojosimulaciónderechosjusticia

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