Sentencia N° 1055 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de mayo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1055, Exp. 05-2379, 19/05/2006
Expediente05-2379
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-05-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Maura Griselda Aquino Navas, a través de su abogado, contra la sentencia que declaró la perención de la instancia en un juicio laboral. A pesar de la inadmisibilidad, la Sala anula la sentencia del 1º de agosto de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, por violaciones a derechos constitucionales, y ordena que se dicte una nueva sentencia sobre el fondo de la controversia. La decisión se fundamenta en la falta de actividad procesal atribuible al tribunal y la necesidad de garantizar la tutela judicial efectiva.
Dispositiva
1) INADMISIBLE la acción de amparo que interpuso el abogado Víctor Ortiz García, actuando como apoderado judicial de la ciudadana MAURA GRISELDA AQUINO NAVAS, ambos identificados, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. 2) Sin embargo, en resguardo del orden público constitucional declara la nulidad de la sentencia dictada el 1º de agosto de 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En consecuencia, se ordena al Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo a quien corresponda seguir conociendo de la causa, dicte sentencia definitiva. 3) Queda así REVOCADA, por los motivos que aquí fueron expuestos, la decisión objeto de apelación dictada el 18 de noviembre de 2005, por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Palabras clave
amparoperencióntutela judicial efectivaderecho al debido procesosentencia laboralinactividad procesalconstitucionalidadderechos laborales