Sentencia N° 1053 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 1053, Exp. 17-1200, 08/12/2017
Expediente17-1200
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Pedro Alba Linares contra la sentencia del Tribunal Superior que declaró inadmisible su demanda de amparo constitucional. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y ordenó la remisión de información adicional sobre la situación de custodia de la niña involucrada. Se destacó que la sentencia apelada había sido dictada en un contexto donde ya existía una decisión previa sobre la custodia de la niña, lo que motivó la inadmisibilidad de la demanda.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Constitucional determinar su competencia para conocer de la presente apelación, y a tal efecto observa que conforme al contenido del artículo 25 numeral 19 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala Constitucional es competente para conocer las apelaciones contra las sentencias que recaigan en los procesos de amparo constitucional autónomo que sean dictadas por los Juzgados Superiores de la República, salvo que se incoen contra la de los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo. Ahora bien, en el presente caso la sentencia apelada fue dictada el 8 de noviembre de 2017, por el Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, actuando en funciones constitucionales como Tribunal de primera instancia, y tomando en cuenta la reiterada jurisprudencia sobre este aspecto, así como lo señalado en la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, queda evidenciado que esta Sala resulta competente para conocer de la presente apelación, y así se declara.
Dispositiva
Se ordena al Tribunal Décimo Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que remita información de si ante ese juzgado existe una causa penal contra la ciudadana Isabel Antonieta Rinaldo Andazora, y en caso afirmativa señale el estado en que se encuentra, y remita copia certificada de las decisiones y medidas que se hayan dictado en esa causa. Asimismo, ordena al Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remita copia certificada del expediente identificado con el alfanumérico AP51-V-2017-3966, dentro de los tres (3) días siguientes a la recepción de la comunicación correspondiente.