Sentencia N° 1052 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de mayo de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1052, Exp. 02-0974, 07/05/2003
Expediente02-0974
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-05-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de mayo de 2003, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Rubén Moreno Franco en representación de Hidyo Gregorio Serrano Molina. La apelación se basó en la decisión de la Corte de Apelaciones del 16 de abril de 2002, que había declarado sin lugar la acción de amparo. La Sala determinó que la acción era inadmisible porque había cesado la violación de derechos constitucionales al inhibirse el juez de la causa penal.
Extracto de la motiva
En este sentido, la apelación sometida a consideración no escapa a la verificación de los requisitos de admisibilidad contemplados en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en virtud de ello, de las actas procesales se evidenció, que el accionante en amparo, en el petitorio del escrito contentivo de la acción de amparo se limitó a solicitar que se le ordenara al ciudadano Alberto González Villalobos Juez Octavo de Control, remitir la “...causa Nº 8C-545-01 al Alguacilazgo para su distribución a otro Juez de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Juro la urgencia del caso ya que el mencionado Juez fijó Audiencia Preliminar de manera apresurada para el día martes 19 de marzo del 2002...”. De allí, que la finalidad de la acción era precisamente que el Juez accionado no continuara conociendo de la causa penal seguida al ciudadano Hidyo Gregorio Serrano Molina. Pero es el caso, que en la sentencia dictada en primera instancia por la Corte de Apelaciones, se señaló que el accionante en la audiencia constitucional alegó, que “...si bien era cierto que el referido Juez Octavo de Control se inhibió de conocer de la causa principal...lo hizo una vez vulnerados todos los derechos y garantías constitucionales...”. Asimismo, en el escrito contentivo de la apelación alegó, que la Corte de Apelaciones no tomó en cuenta antes de decidir el hecho “...que el juez se inhibiera después de haberse ejercido el Recurso de Amparo...basta con ver las fechas, donde el Juez persistía en seguir con la audiencia, hasta que se interpuso el Amparo... ”.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Rubén Moreno Franco, actuando en nombre propio y en su carácter de defensor del ciudadano Hidyo Gregorio Serrano Molina, contra las actuaciones realizadas por el ciudadano Alberto González Villalobos, en su condición de Juez Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal, en la causa penal seguida contra su defendido.