Sentencia N° 105 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0105, Exp. 24-0492, 02/03/2026
Expediente24-0492
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2026-03-02
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Gustavo Crocker Romero en nombre de la Cooperativa Seracoop II R.L. respecto a la sentencia N° 290, dictada el 12 de marzo de 2025. La Sala argumenta que la solicitud no se dirige a aclarar puntos oscuros o ambiguos, sino que reitera alegatos ya expuestos, lo que no es compatible con la naturaleza de la aclaratoria. Se concluye que la sentencia N° 290 está debidamente motivada y no presenta errores que ameriten corrección.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR: En el folio 8 (envés) de la decisión, aparte 5, cuando refiere en el acta de reunión de la Comisión de Licitación Insumos Alimenticios, hortalizas, frutas, la Junta Directiva de FUNDECA, el 18 de diciembre de 2006. Manifestando que la COOPERATIVA SERACOOP no cumple con los parámetros oficiales, en cuanto a IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 9 los precios, si es correcta dicha acta, porque FUNDECA solicitó, una cotización de los precios de los productos solicitados y, porqué le hizo entrega de la orden de compra N° 369, de fecha 29 de diciembre de 2006; y, además solicitó por vía telefónica, 500 kilos de salchichas, recibiendo los productos en sus depósitos, tal como aparecen en las pruebas documentales; obviando las autoridades de
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia número 290 dictada por esta Sala Constitucional el 12 de marzo de 2025, intentada por el abogado Gustavo Crocker Romero, actuando en nombre y representación de la COOPERATIVA SERACOOP II R.L.