Sentencia N° 105 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de febrero de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 105, Exp. 02-2968, 06/02/2003
Expediente02-2968
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-02-06
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente in limine la demanda de amparo interpuesta por el Vicealmirante Alvaro Martín Fossa contra la Resolución del Ministro de la Defensa. La decisión se basa en la falta de pruebas que sustenten la alegación de violación del derecho al debido proceso, ya que no se demostró la existencia de una investigación penal en su contra.

Extracto de la motiva

La Sala considera que de darse el caso que a un oficial que goza del antejuicio de mérito, se le siguiese un proceso disciplinario, sin que se encuentre imputado de delito alguno y que, posteriormente a la sanción disciplinaria se le impute penalmente por los mismos hechos por los cuales se le sancionó, obviándose el antejuicio de mérito, debe ratificarse que, ante una hipótesis como la señalada, no habría duda de lo errado en que deviene el Consejo de Investigación y su resultante, pues la acusación se convertiría en inconstitucional por violatoria del artículo 266.3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE la demanda de amparo que incoaron los abogados René Buroz Arismendi y Carlos Martínez Ceruzzi, en representación del Vicealmirante (ARBV) ALVARO MARTÍN FOSSA, contra la Resolución nº 1848 de 6 de noviembre de 2002, que dictó el Ministro de la Defensa. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho al debido procesoConsejo de Investigaciónimprocedenciaantejuicio de méritoresolución administrativaviolación de derechos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca