Sentencia N° 1048 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1048, Exp. 01-1983, 05/06/2002
Expediente01-1983
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Rubén Darío Guerra contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. La decisión se basa en la falta de claridad y coherencia en la solicitud presentada, lo que impide su tramitación. Además, se hace un llamado al demandante sobre la necesidad de mantener un respeto hacia los órganos del Poder Judicial.
Extracto de la motiva
Llevado a cabo un estudio pormenorizado de las actas que componen el presente expediente, esta Sala pasa a decidir previa las siguientes consideraciones: Observa previamente la Sala que el ciudadano Rubén Darío Guerra propone la presente acción de amparo, contra “...la Corte de Apelaciones...”aparentemente del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, la cual – según alega - viola sus derechos y garantías constitucionales contenidas en los artículos 7, 19, 25, 26, 27, 51, 131, 143, 145 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como también los artículos “XVIII y XXIV del Pacto suscrito por las Naciones Interamericanas”. Sin embargo, el accionante no explica en el escrito contentivo de la presente acción de amparo constitucional, cuál es el motivo o el acto contra el cual se produjeron - en su criterio- las violaciones denunciadas, sino que sólo hace referencia a las supuestas violaciones de los artículos anteriormente señalados, sin precisar en qué consiste el agravio, cuáles fueron las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que presuntamente aconteció la violación, y la vinculación existente entre la situación de hecho que configura el acto lesivo y sus derechos constitucionales presuntamente conculcados. En este orden de ideas, la Sala considera que la presente solicitud es de tal modo oscura, confusa e incoherente, que tal y como ha sido configurada, es ininteligible. De este modo, los errores observados son de tal entidad que la Sala considera que la solicitud no es susceptible de enmienda, resultando imposible su tramitación, motivos que la llevan a declarar inadmisible la presente acción de amparo constitucional, por aplicación supletoria de la disposición contenida en el ordinal 6º de artículo 84 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, remisión avalada por el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se declara.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Rubén Darío Guerra, presuntamente contra “...la Corte de Apelaciones...” aparentemente del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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