Sentencia N° 1047 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de julio de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1047, Exp. 13-0402, 29/07/2013
Expediente13-0402
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n° 00642 de la Sala Político Administrativa, que había declarado sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por David Ricardo Uzcátegui Campins. La Sala Constitucional determinó que la Sala Político Administrativa no consideró adecuadamente las circunstancias que rodeaban la inhabilitación impuesta, lo que vulneró el derecho al debido proceso del recurrente. En consecuencia, se anuló la sentencia impugnada y se ordenó a la Sala Político Administrativa dictar una nueva decisión conforme a las orientaciones de la Sala Constitucional.
Extracto de la motiva
La parte actora solicitó la revisión constitucional de la sentencia n° 00642 del 20 de mayo de 2009, dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, recaída en el expediente n° 2005-5478 de la nomenclatura de esa Sala, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano David Ricardo Uzcátegui Campins contra la Resolución N° 01-00-000190 del 3 de agosto de 2005, dictada por el Contralor General de la República, que a su vez, declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución N° 01-00-096 del 30 de marzo de 2005, contentiva de la sanción impuesta al recurrente, consistente en la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de cinco (5) años.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) COMPETENTE para conocer de la solicitud de revisión constitucional. 2) Que HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por DAVID RICARDO UZCÁTEGUI CAMPINS, asistido por la abogada María Eugenia Barberi, antes identificados, de la decisión del 20 de mayo de 2009, dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. 3) ANULA la sentencia n°. 00642 del 20 de mayo de 2009, dictada por la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal. 4) ORDENA a la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal, que al efecto se constituya de manera accidental, para dictar una nueva decisión con sujeción a las orientaciones expuestas en el presente fallo. 5) SUSPENDE los efectos de la Resolución N° 01-00-096 de fecha 30 de marzo de 2005, dictada por el Contralor General de la República, mediante la cual se impuso al ciudadano David Ricardo Uzcátegui Campins, la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el período de cinco (5) años, con fundamento en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, mientras se culmina el esclarecimiento de las denuncias formuladas por la parte solicitante con arreglo a lo ordenado por esta Sala en el presente fallo y los consecuenciales actos subsiguientes. 6) ORDENA a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y a la Contraloría General de la República, según corresponda, a informar a esta Sala Constitucional sobre su decisión, en aras de que se emita oportuno pronunciamiento sobre la medida cautelar a que se refiere este acto decisorio. 7) ORDENA oficiar a la Contraloría General de la República y al Consejo Nacional Electoral sobre el contenido del presente fallo.
Palabras clave
sancionesresponsabilidad administrativacontraloríaproporcionalidadcontrol fiscalinhabilitacióndebido proceso