Sentencia N° 1046 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1046, Exp. 23-0402, 01/08/2023
Expediente23-0402
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal y el Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, ambos del Estado Bolivariano de Mérida. La acción de amparo fue interpuesta por Delia Andrea Vargas Rojas, quien alegó violaciones a sus derechos constitucionales por parte de funcionarios policiales durante un intento de traslado de bienes muebles de su propiedad. La Sala declaró su competencia para conocer del conflicto y determinó que el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito es el competente para decidir sobre la acción de amparo. Se ordenó la remisión del expediente al tribunal correspondiente para que continúe con el proceso legal. La decisión se fundamenta en la relación entre la acción de amparo y el conflicto de competencia, así como en la jurisprudencia establecida por la Sala Constitucional en casos similares, reafirmando la protección de los derechos constitucionales de la parte accionante.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Asumida la competencia por esta Sala Constitucional para resolver el conflicto de competencia planteado, pasa a decidir observando lo siguiente: La regulación de competencia bajo estudio surgió con motivo de la acción de amparo interpuesta por la ciudadana Delia Andrea Vargas Rojas, quién señala la presunta vulneración de los derechos constitucionales referentes al “derecho a la propiedad, la inviolabilidad del hogar, actuación indebida por presunción, actuación sin una orden judicial, derecho al libre tránsito, derecho a una vida libre de violencia contra la mujer, amedrentamiento y abuso de autoridad”, toda vez que, como corre inserto al folio uno del presente expediente, procedía a retirar -de su hogar- unos bienes muebles -de su propiedad- para otro lugar, cuando unos ciudadanos y funcionarios policiales evitaron dicho traslado alegando que no era la propietaria del apartamento ni de los bienes muebles. En tal sentido, se observa que el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en Mérida declaró su incompetencia y la fundamentó en las siguientes razones: “Por ello, dado que la presente acción de amparo fue ejercida en contra de

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer y decidir del conflicto negativo de competencia planteado por el Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. 2.- Que es COMPETENTE el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, a quien corresponda previa distribución, para conocer y decidir la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana DELIA ANDREA VARGAS ROJAS. 3.- Se ORDENA la remisión del expediente, junto con el oficio al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en Mérida, a los fines legales correspondientes.

Palabras clave

competenciaamparoderechos constitucionalesjurisprudenciatribunalesremisión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca