Sentencia N° 1046 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1046, Exp. 15-0795, 07/08/2015
Expediente15-0795
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-08-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor de JOEL PORTILLO LOZADA, contra la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. La apelación fue presentada fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que llevó a la Sala a declarar la inadmisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
Esta Sala advierte que por cuanto el fallo fue dictado por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones el día martes 16 de junio de 2015, el lapso de apelación comenzó a computarse a partir del día miércoles 17 de junio de 2015, primer día hábil siguiente, hasta el viernes 19 de ese mes y año, tercer y último día hábil para apelar, pues los días calendario consecutivos fueron miércoles 17, jueves 18 y viernes 19 de junio de 2015, los cuales son días computables por no encontrarse en los supuestos de excepción previstos en la referida doctrina de esta Sala.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso apelación interpuesto por el abogado defensor del ciudadano JOEL PORTILLO LOZADA, contra la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 16 de junio de 2015, que declaró inadmisible, de conformidad con el artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales la acción de amparo propuesta, la cual queda FIRME.