Sentencia N° 1045 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1045, Exp. 23-0271, 01/08/2023
Expediente23-0271
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de agosto de 2023, declaró sin lugar la apelación interpuesta por Carmen María Páez contra la sentencia de la Sala Única de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible su acción de amparo constitucional. La apelante alegó violaciones a sus derechos, pero la Corte consideró que no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, específicamente los artículos 18 y 19, al no presentar el escrito de subsanación en el plazo correspondiente. La Sala reafirmó su competencia para conocer del recurso y confirmó la decisión apelada.

Extracto de la motiva

MOTIVADO DEL PRONUNCIAMIENTOS (Sic) AL TÉRMINO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR y de LA DECISIÓN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO” Que, según el accionante, la secretaria no transcribió lo expuesto por los abogados representantes de la víctima en donde ratifican la acusación particular propia, visto que, la fiscalía treinta (30) del Ministerio Publico, solo hizo mención a una sola victima de nombre Carmen María Páez, cuando eran tres víctimas cuyos nombres son “Venancia Teodora Páez, hoy (difunta), Emiliana Ascanio Páez y Carmen María Páez, y solo se limitaron a acusar a Lino Antonio Páez y Rafael de Jesús Reyes Cermeño por un solo delito Violencia Psicológica contra la ciudadana Carmen María Páez”. (Sic) Que, en el expediente: MP: 858894-20, de la Fiscalía Trigésima 30, consta todo lo narrado “cabe destacar la que fiscalía Trigésima 30 no agrego (Sic) este expediente del SIPEC: 0108-2020 donde aparece la investigación practicada por los funcionarios del SIPEC, es por ello que la víctima se ve obligada a presentar ACUSACIÓN PARTÍCULAR PROPIA y en dicho escrito se acusan a los mencionados ciudadanos LINO ANTONIO RAFAEL DE JESUS REYES CERMEÑO Y MARIA VIRGINIA PAEZ, de LOS DELITOS DE: VIOLENCIA PSICOLÓGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO,

Dispositiva

1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto. 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados de la ciudadana Carmen María Páez, contra la sentencia dictada por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo en fecha 9 de diciembre de 2022. 3.- Se CONFIRMA la decisión apelada en los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadviolencia contra la mujer

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