Sentencia N° 1045 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 1045, Exp. 17-0529, 30/11/2017
Expediente17-0529
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por la abogada Luisa Gioconda Yaselli en representación de Elvis Elieser Mendoza Oviedo, debido a la falta de acreditación de la representación judicial. La Sala argumenta que la representación debe ser fehaciente y que la falta de un poder que valide dicha representación es causal de inadmisibilidad según el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se basa en la jurisprudencia que establece la necesidad de presentar un poder auténtico para garantizar la seguridad jurídica en los procedimientos.
Extracto de la motiva
La necesidad de consignar un instrumento fehaciente, obedece a la certeza que debe obtener esta Sala, respecto del contenido del fallo que pretende impugnarse a través de la revisión, dada la entidad de la sentencia que pretende revertirse. Por ello, la Sala ha considerado que quien pide una revisión debe presentar copia auténtica (fehaciente) del fallo a revisarse, no pudiendo suplantarse el mismo, ni siquiera por la vía del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, ya que en materia de revisión no hay contraparte que controle lo aportado por el solicitante. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por falta de representación la solicitud de revisión presentada, por la abogada Luisa Gioconda Yaselli, inscrita en el Instituto Nacional de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.205, quien manifestó actuar en representación del ciudadano ELVIS ELIESER MENDOZA OVIEDO.
Palabras clave
interés procesallegitimidadrevisión constitucionalsentenciarepresentaciónadministración de justicia