Sentencia N° 1045 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de julio de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1045, Exp. 07-1683, 07/07/2008
Expediente07-1683
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Van Raalte de Venezuela C.A. contra la decisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito, que había declarado con lugar una demanda de amparo constitucional. La Sala constató que la apelación se fundamentaba en la supuesta violación del debido proceso y la cosa juzgada, alegando que la causa original había sido declarada prescrita en instancias laborales. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que la apelación era improcedente y confirmó la decisión del juzgado inferior.
Extracto de la motiva
De autos se desprende que la representación judicial de Van Raalte de Venezuela C.A. interpuso demanda de amparo constitucional contra el acto decisorio que expidió el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 20 de noviembre de 2006, por la supuesta violación al debido proceso, al juzgamiento por su juez natural y a la cosa juzgada que establece el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por su parte, el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declaró con lugar la pretensión de tutela constitucional que fue incoada, toda vez que evidenció, a su decir, la violación a 'la garantía fundamental de la cosa juzgada y por ende de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la seguridad jurídica y al debido proceso'.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación que interpuso la ciudadana OMAIRA JOSÉ OROZCO PEÑALVER contra el fallo que expidió el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 31 de octubre de 2007, mediante el cual declaró con lugar la pretensión de amparo constitucional que incoó Van Raalte de Venezuela C.A., contra el veredicto que dictó el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa misma Circunscripción Judicial el 20 de noviembre de 2006. En consecuencia, se CONFIRMA en los términos que fueron expuestos el referido acto decisorio.
Palabras clave
amparo constitucionalcosa juzgadadebido procesoenriquecimiento sin causaprescripcióntutela judicial efectiva