Sentencia N° 1039 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de julio de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1039, Exp. 11-1078, 13/07/2012
Expediente11-1078
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-07-13
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DE TRÁMITE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono de trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por ALMACENADORA J.N. CAL S.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Se establece que la falta de impulso del proceso por más de seis meses por parte de la accionante conlleva a la pérdida de interés procesal, lo que justifica la decisión de inadmisibilidad de la pretensión.

Extracto de la motiva

El 31 de mayo de 2012 se celebró la audiencia constitucional en la presente causa; sin embargo, luego de haberse realizado un análisis exhaustivo de las actas del expediente, se advierte que antes de la celebración de la audiencia oral, el 12 de febrero de 2012, había ocurrido el abandono del trámite en la presente causa, el cual, conforme a la doctrina de esta Sala, puede ser declarado en cualquier estado y grado del proceso. En efecto, se observa que la parte accionante interpuso la demanda de amparo constitucional el 12 de agosto de 2011, esta Sala admitió la acción el 01 de diciembre de 2011, y no fue sino hasta el 07 de marzo de 2012, que el apoderado judicial de la accionante, impulsó el proceso, solicitando que se ordenara la nueva reproducción del oficio n.°: 11-1788, para la notificación del Juez del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y de la boleta de notificación dirigida al representante legal de la tercera interesada, habiendo transcurrido fatalmente un período superior a seis (6) meses para que ocurriera el abandono del trámite en la presente causa.

Dispositiva

1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DE TRÁMITE en la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de ALMACENADORA J.N. CAL, S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 16 de febrero de 2011. 2. IMPONE multa a la parte accionante, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

abandonadotrámiteamparo constitucional

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca