Sentencia N° 1038 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de julio de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1038, Exp. 09-0512, 21/07/2009
Expediente09-0512
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2009-07-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de habeas data presentada por Franco Billiger para eliminar sus datos personales de los registros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. El Juzgado Undécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara declinó su competencia, argumentando que la solicitud debía ser tratada como una acción de habeas data, la cual no tiene desarrollo legislativo específico en el país.

Extracto de la motiva

Conforme lo precedente expuesto, estima esta Sala que la acción de habeas data incoada resulta inadmisible conforme lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por no haber a acompañado el ciudadano WILSON HERNÁNDEZ DUARTE, el documento fundamental de su demanda, como lo sería el dictamen de la Asesoría Jurídica Nacional del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, respecto a su solicitud de exclusión del registro que ese organismo tiene sobre su persona. Así se declara.

Dispositiva

1.- ACEPTA la competencia para conocer de la acción de habeas data interpuesta por el ciudadano FRANCO BILLIGER y que fuera declinada por el Juzgado Undécimo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. 2.- Declara INADMISIBLE la acción de habeas data incoada por el prenombrado ciudadano. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

habeas datacompetenciaregistros policialesdocumentaciónadmisibilidadderechos constitucionales

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