Sentencia N° 1038 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de enero de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1038, Exp. 03-2627, 27/05/2004
Expediente03-2627
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-01-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por los demandantes contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. Los demandantes argumentaban que la ejecución de un fallo judicial que ordenaba el reenganche de una trabajadora afectaría el derecho a la salud de la comunidad. Sin embargo, la Sala concluyó que no existía una amenaza inminente a dicho derecho, ya que la ejecución del fallo estaba paralizada y se debía buscar un equilibrio entre los derechos individuales y colectivos.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la acción de amparo propuesta va dirigida contra la ejecución de una sentencia definitivamente firme dictada el 7 de mayo de 2002, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido interpuesta por la ciudadana Tatiana del Valle Rodríguez Veliz. El juez de amparo consideró que la amenaza alegada por los querellantes no era inminente, puesto que transcurriría un tiempo suficiente para continuar con la ejecución de la sentencia de estabilidad. La Sala reitera que la amenaza debe ser inmediata, posible y realizable, y en este caso, no se cumplían esos requisitos. Por lo tanto, se confirma la decisión del juez de amparo de declarar inadmisible la acción.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado MARINO ALVARADO en contra de la decisión de 29 de septiembre de 2003, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se CONFIRMA la decisión del a quo, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL MONTES ANTOÑANZAS, SONIA COROMOTO HERNÁNDEZ, ALFREDO CARACAS, LUIS ALBERTO TRUJILLO, RAMONA LÓPEZ APONTE, EMILIANA DÍAZ ÁLVAREZ, ÁNGEL AROLDO FREITES ÁLVAREZ, OSCAR RAMÓN ROJAS, CARMEN MARÍA GARCÍA, LUISA ANSELMA GUERRA, ANA HERNÁNDEZ, NELSON ALFREDO GUZMÁN HUÉRFANO, LORENA DEL VALLE RAMÍREZ CONTRERAS y CÉSAR PALMENIO MÁRQUEZ RAMÍREZ contra el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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