Sentencia N° 1037 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1037, Exp. 07-0448, 01/06/2007
Expediente07-0448
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-06-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por la abogada Isabel Alicia Agüero Ablan, en representación de Rosa Amelia Ablan de Agüero, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. La acción fue presentada debido a la supuesta violación de derechos constitucionales relacionados con la propiedad y la integridad física de la accionante. Sin embargo, se determinó que la acción era inadmisible por haber transcurrido más de seis meses desde la violación alegada, conforme al artículo 6, numeral 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la representante judicial de la accionante no fundamenta su acción en una violación constitucional que afecte a una parte de la colectividad o el interés general, así como que la lesión constitucional denunciada no es de tal magnitud como para vulnerar los principios que inspiran el ordenamiento jurídico. En consecuencia, al encontrarse la presente acción subsumida en el supuesto de inadmisibilidad contenido en el artículo 6, numeral 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; lo ajustado a derecho es declarar –como en efecto se declara- inadmisible la acción de amparo interpuesta.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, de conformidad con el artículo 6 numeral 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo constitucional, interpuesta por la abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, actuando con el carácter de representante judicial de la ciudadana ROSA AMELIA ABLAN DE AGÜERO, contra la decisión dictada el 7 de febrero de 2007, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Palabras clave
amparoderechos constitucionalesinadmisibilidadtutela judicial efectivaCorte de ApelacionesEstado LaraLey Orgánica de Amparo