Sentencia N° 1037 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1037, Exp. 01-1077, 30/05/2002
Expediente01-1077
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-05-30
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo interpuesto por YADIRA ATÍAS, debido al abandono del trámite por parte de la actora. Se argumenta que la inacción prolongada de la parte actora, quien no realizó actos procesales durante más de nueve meses, constituye un abandono del trámite, lo que lleva a la extinción de la instancia. Además, se impone una multa de CINCO MIL BOLÍVARES a la parte actora por entorpecer las labores del tribunal.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo que fue interpuesta por la ciudadana YADIRA ATÍAS, contra la Resolución nº 012-2000 que dictó, el 8 de diciembre de 2000, la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas del Banco Central de Venezuela.