Sentencia N° 1036 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 1036, Exp. 23-0712, 27/11/2024
Expediente23-0712
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Víctor Julio Meléndez, apoderado de Nairelyz Carolina Coello Pereira, debido a que no se agotaron los recursos ordinarios previos. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo el 5 de junio de 2023, y el recurso de apelación fue presentado fuera del plazo legal establecido. La decisión se fundamenta en la necesidad de agotar las vías ordinarias antes de recurrir a la acción de amparo, la cual es considerada un mecanismo extraordinario.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR En tal sentido tenemos que los derechos y garantías fundamentales, y aquellos inherentes a todo ser humano, se encuentran tutelados efectivamente en nuestra Carta Magna, y en caso de que los mismos sean conculcados, vulnerados o menoscabados, se | contempló una acción con características excepcionales para la restitución expedita y eficaz de ellos, la cual es conocida por ser la acción de amparo constitucional, siendo ésta un medio judicial breve y sumario, a través del cual se protegen derechos y garantías fundamentales que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, operando sólo cuando se dan las condiciones establecidas como necesarias de la institución, de conformidad con la ley que rige la materia. La acción de amparo constitucional como medio procesal breve y sumario, establecido en la Constitución y en la Ley, opera para que cualquier persona que vea amenazado o lesionado alguno de sus derechos o garantías constitucionales, pueda acudir ante el órgano jurisdiccional competente, a los fines de que éste, previo cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y una vez constatada la existencia de la amenaza o violación denunciadas, proceda a ordenar el cese o restablecimiento de la situación jurídica infringida, mediante las m

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por el profesional del derecho VÍCTOR JULIO MELÉNDEZ, en su carácter de defensor privado de la ciudadana NAIRELYZ CAROLINA COELLO PEREIRA, por el Tribunal 5o de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, sede Los Teques, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasconstitucionalesprocedimientovía ordinariainadmisionjusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca