Sentencia N° 1036 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1036, Exp. 00-1960, 30/05/2002
Expediente00-1960
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-05-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia surgido entre dos juzgados superiores en relación a una demanda de amparo constitucional presentada por Freddy Ruben Couri Cano. La Sala determinó que la competencia para conocer del amparo corresponde a un Tribunal Superior Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, dado que el agraviado había señalado como agraviante al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Portuguesa.

Extracto de la motiva

En la oportunidad para la decisión de la solicitud de amparo constitucional que se analiza, se observa que el presente caso se recibió en esta Sala en virtud del conflicto negativo de competencia que planteó el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, quien conoció de la causa por declinación de competencia que le hiciera el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, quien, a su vez, conoció la presente causa, por declinación de competencia que le hiciera el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Así, el segundo de ellos, en lugar del envío del expediente al superior común de ambos, declinó la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el cual planteó el conflicto negativo de competencia y remitió el expediente a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Posteriormente, se recibió en esta Sala el expediente para que se resolviera el conflicto de competencia que se planteó.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Que la competencia para el conocimiento del amparo constitucional que intentó el ciudadano Freddy Ruben Couri Cano, contra el auto que dictó, el 27 de abril de 1998, el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, corresponde a un Tribunal Superior Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. SEGUNDO: Se ordena la remisión de la causa al Juzgado Superior Distribuidor de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

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