Sentencia N° 1034 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1034, Exp. 10-0071, 28/06/2011
Expediente10-0071
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Isaac Antonio Orellana Linares contra la decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible su acción de amparo. Se argumenta que el apelante ya había ejercido el recurso de apelación en la instancia correspondiente, lo que no permite la revisión en sede constitucional. La Sala anula la decisión del Juzgado Superior y declara sin lugar la acción de amparo, reafirmando que los errores en la valoración de pruebas no constituyen violaciones a derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

La parte apelante fundamenta su recurso básicamente reproduciendo los mismos alegatos de hecho y de derecho en que basó la solicitud de amparo. De seguidas expuso que la declaratoria de inadmisibilidad en la sentencia accionada es producto de una confusión inexcusable y de allí lo contradictorio del fallo en su dispositivo, al analizar que se ejerció recurso de apelación sobre la sentencia de primera instancia –emitida por el Juzgado de Municipio-, junto con el contenido del artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En el presente caso, se planteó una acción de amparo contra la sentencia del 20 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró sin lugar la apelación y confirmó la sentencia dictada por el Juzgado de los Municipios José Felix Félix Ribas y José Rafael Revenga de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la demanda por resolución de contrato de arrendamiento, propuesta por el ciudadano Carlos Alberto Garay Velásquez contra el ciudadano Isaac Antonio Orellana Linares. En tal sentido, se denunció la presunta violación de los derechos a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva previstos en los artículos 26 y 49 de la Constitución, al no analizarse la naturaleza del contrato de arrendamiento (si era a tiempo determinado o indeterminado) y el pago de los cánones de arrendamientos demandados.

Dispositiva

1) SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 17 de diciembre de 2009, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. 2) ANULA la decisión del a quo que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional. 3) SIN LUGAR la acción de amparo propuesta por el ciudadano ISAAC ANTONIO ORELLANA LINARES contra la sentencia del 20 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Palabras clave

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