Sentencia N° 1030 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1030, Exp. 15-0618, 07/08/2015
Expediente15-0618
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2015-08-07
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
El ciudadano Félix Jesús Cardona Oropeza presentó un recurso de interpretación sobre la continuidad administrativa en su función como Juez de Paz, argumentando que su permanencia es legítima ante la falta de elecciones de nuevos jueces. La Sala Constitucional, tras analizar la competencia y admisibilidad del recurso, determinó que no se cumplían los requisitos necesarios para su admisión, ya que la duda planteada no podía resolverse mediante un fallo interpretativo y existían otros medios judiciales para ventilar la controversia. Por lo tanto, se declaró inadmisible la demanda.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer de la presente demanda de interpretación interpuesto por el ciudadano FÉLIX JESÚS CARDONA OROPEZA. 2.- INADMISIBLE la aludida demanda de interpretación.
Palabras clave
interpretacioncontinuidad administrativajueces de pazseguridad juridicaconstitucion