Sentencia N° 103 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 103, Exp. 11-0828, 17/02/2012
Expediente11-0828
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-02-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la pretensión de amparo interpuesta por los ciudadanos VÍCTOR ALBERTO FONSECA FAJARDO, REINALDO RAFAEL FONSECA FAJARDO y JOSÉ ANTONIO MÉRIDA LÓPEZ. La decisión se fundamenta en que la omisión de pronunciamiento denunciada cesó cuando la Sala n.° 5 de la Corte de Apelaciones sentenció con lugar la apelación, ordenando la admisión de pruebas y la remisión del expediente para iniciar la fase correspondiente del juicio.
Se identificó un error material en la publicación de la sentencia n.° 1790, donde se mencionó incorrectamente a la Sala n.° 7 de la Corte de Apelaciones del Estado Táchira, cuando en realidad se refería a la Sala n.° 7 del Área Metropolitana de Caracas. Por lo tanto, se procede a corregir este error en la parte dispositiva de la sentencia, manteniendo la inadmisibilidad de la pretensión de tutela constitucional.
Extracto de la motiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de tutela constitucional que incoó la representación judicial de los ciudadanos VÍCTOR ALBERTO FONSECA FAJARDO, REINALDO RAFAEL FONSECA FAJARDO y JOSÉ ANTONIO MÉRIDA LÓPEZ contra la Sala n.° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Téngase la presente corrección como parte integrante de la decisión de esta Sala n-° 1790, dictada en el expediente 11-0828 del 30 de noviembre de 2011. Publíquese y regístrese.
Palabras clave
error materialtutela constitucionalCorte de ApelacionesCódigo de Procedimiento CivilsentenciaTribunal Supremo de Justicia