Sentencia N° 1027 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1027, Exp. 04-3285, 11/05/2006
Expediente04-3285
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-11
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono de trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de mayo de 2006, declaró terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Tony Vieira Ferreira en representación de Eddy Alexis Rengifo, debido al abandono del trámite. La Sala consideró que la parte actora no realizó actos de procedimiento durante un lapso de seis meses, lo que evidenció la inactividad y el abandono del proceso. Además, se constató que el juicio oral en contra del accionante se había celebrado, lo que llevó a la Sala a concluir que no había involucramiento del orden público en el caso.

Extracto de la motiva

Una vez determinada su competencia para conocer de la presente acción, pasa la Sala a resolver la misma en los términos siguientes: Consta en autos que la parte actora ejerció la acción de amparo el 7 de diciembre de 2004 y fue el 5 de diciembre de 2005 cuando diligenció ante esta Sala solicitando “sea dictada decisión que en este caso corresponda”, es decir, luego de transcurrido mas de 11 meses de la interposición de la acción. Esa conducta pasiva de la parte actora, quien afirmó precisar la tutela urgente y preferente del amparo constitucional, fue calificada por esta Sala como abandono del trámite, en decisión Nº 982 del 6 de junio de 2001 (caso: “José Vicente Arenas”)...

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Tony Vieira Ferreira, Defensor Público Nº 2 adscrito a la Unidad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, actuando en representación del ciudadano EDDY ALEXIS RENGIFO, contra la decisión dictada el 27 de octubre de 2004 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico.

Palabras clave

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