Sentencia N° 1023 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de octubre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1023, Exp. 10-0293, 26/10/2010
Expediente10-0293
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-10-26
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara su incompetencia para conocer de la acción de amparo interpuesta por un grupo de extrabajadores contra la Gobernadora del Distrito Capital por la omisión de incluirlos en la nómina de jubilados y pensionados. La acción fue fundamentada en la defensa de derechos e intereses colectivos de la sociedad trabajadora venezolana, pero la Sala determinó que se trataba de derechos individuales de los demandantes. Por lo tanto, declina la competencia al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional determina que no se está en presencia de derechos e intereses colectivos o difusos de la sociedad trabajadora venezolana, sino de derechos individuales de aquellos extrabajadores a quienes no se les otorgó la jubilación o no se les pagó la pensión, bien sea por el Distrito Capital o por la Alcaldía Metropolitana de Caracas. Por tanto, tratándose de una acción de amparo que pretende la protección de derechos individuales ante la alegada omisión de la Gobernadora del Distrito Capital, esta Sala Constitucional resulta incompetente para conocer del mismo.

Dispositiva

PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta en contra de la Gobernadora del Distrito Capital. SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital al que le corresponda previa distribución. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparocompetenciajusticiaPoder Públicoentidades descentralizadasjurisdicciónderechos constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca