Sentencia N° 1023 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de mayo de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1023, Exp. 06-1859, 31/05/2007
Expediente06-1859
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-31
DecisiónNO ACEPTA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de una acción de amparo constitucional interpuesta por Rafael Celestino Torrealba Infante en representación de José Vicente Tirado. La acción fue declarada inadmisible por falta de legitimación procesal, ya que el abogado no presentó el poder que acreditara su representación. A pesar de que el juzgado de origen incurrió en un error al admitir el recurso de apelación, la Sala decidió no aceptar la remisión del expediente, garantizando así el principio de doble instancia en materia de amparo constitucional.
Extracto de la motiva
Establecida la síntesis de la controversia, esta Sala pasa a decidir sobre la apelación ejercida y, a tal efecto, observa que la sentencia recurrida fue dictada, el 23 de noviembre de 2006, por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano de Caracas y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, con competencia como tribunal de primera instancia en materia contencioso administrativa especial agraria y en materia de expropiación agraria, con sede en la ciudad de Caracas, mediante la cual se declaró inadmisible la acción de amparo incoada por el abogado Rafael Celestino Torrealba Infante, quien dijo actuar con el carácter apoderado judicial del ciudadano José Vicente Tirado, contra las presuntas omisiones, retardos y denegación de justicia atribuidos al Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. El fallo apelado declaró inadmisible la tutela constitucional solicitada, con fundamento en la falta de legitimación procesal del abogado Rafael Celestino Torrealba Infante, por cuanto éste interpuso la acción de amparo actuando con el supuesto carácter de apoderado judicial del ciudadano José Vicente Tirado, sin consignar el instrumento poder que acredite la representación que dice tener. Al respecto, esta Sala advierte que, efectivamente, en las actas que conforman el presente expediente no consta original o copia certificada del instrumento poder conferido por el ciudadano José Vicente Tirado, que habilite al abogado Rafael Celestino Torrealba Infante para interponer, en nombre y representación de aquel, la acción de amparo constitucional incoada.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que NO ACEPTA la remisión del expediente enviado por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano de Caracas y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, con competencia como tribunal de primera instancia en materia contencioso administrativa especial agraria y en materia de expropiación agraria, con sede en la ciudad de Caracas, referido a la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Rafael Celestino Torrealba Infante, quien dijo actuar con el carácter apoderado judicial del ciudadano José Vicente Tirado, contra el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen.
Palabras clave
amparo constitucionallegitimación procesaldenegación de justiciapoder judicialexpropiación agrariajusticia administrativa