Sentencia N° 1022 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 1022, Exp. 24-0213, 21/11/2024
Expediente24-0213
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado Freddy Eduardo Reyes Alvarado en representación de Jesús David Palomino Reyes, tras la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala determinó que el recurso fue presentado dentro del plazo legal, considerándolo tempestivo.
Extracto de la motiva
Determinada la competencia en el presente caso, esta Sala pasa a pronunciarse sobre la oportunidad legal en la que fue interpuesto el recurso de apelación, a cuyo efecto, se observa que, la decisión apelada se produjo el 24 de enero de 2024, que en la misma fecha se libraron boletas de notificación al accionante en amparo por la Corte, que el accionante en amparo ante la corte, se dio por notificado en fecha 29-01-24 y que el recurso de apelación fue ejercido el 01 de febrero de 2024, siendo entonces en definitiva que dicha decisión fue apelada por el accionante el 01 de febrero de 2024. Que desde la fecha en que el accionante se dio por notificado de la decisión 29-01-24, tenía tres (03) días hábiles para ejercer el recurso de apelación, siendo éste ejercido al primer día (01) día hábil que tenía de los 3 para apelar, por lo que el recurso de apelación debe considerarse tempestivo. Y así se decide.
Dispositiva
Se declara competente para conocer del presente recurso de apelación y se ordena a la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Aragua que remita informe sobre el estado actual de la causa y la acreditación del abogado.
Palabras clave
amparo constitucionalrecurso de apelacióncompetencia