Sentencia N° 1021 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de julio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1021, Exp. 08-0449, 03/07/2008
Expediente08-0449
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2008-07-03
DecisiónRemisión al Juzgado de Sustanciación

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió remitir al Juzgado de Sustanciación el expediente del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por Hermann Escarrá contra varios artículos de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional. El recurrente argumenta que las disposiciones impugnadas violan principios constitucionales al promover la 'milicianización' de la Fuerza Armada. La Sala aclara que solo admite demandas de nulidad que incluyan solicitudes cautelares, y en este caso, al no haber tales solicitudes, corresponde al Juzgado de Sustanciación pronunciarse sobre la admisión del recurso.

Extracto de la motiva

De conformidad con su sentencia N° 1795 de 19 de julio de 2005, caso: Inversiones M7441, C.A, a esta Sala compete únicamente –y de manera excepcional- la admisión de aquellas demandas de nulidad por inconstitucionalidad en las cuales se interponga, además, alguna o varias solicitudes cautelares, mientras que será el Juzgado de Sustanciación el que habrá de admitir, de conformidad con el artículo 19, párrafo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas demandas en las que no se planteen pretensiones cautelares o ameriten pronunciamientos previos. Se observa, entonces, que la Sala ha declarado ya, con carácter general, que en casos como el presente, en el cual ha sido demandada la nulidad por inconstitucionalidad sin solicitud de medida cautelar que amerite pronunciamiento previo, el Juzgado de Sustanciación debe pronunciarse sobre la admisión del recurso, motivo por el cual se ordena la remisión del expediente al referido Juzgado, a los fines de emitir el pronunciamiento respectivo. Así se ordena.

Dispositiva

ORDENA LA REMISIÓN AL JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN del presente expediente, contentivo del recurso incoado por el ciudadano HERMANN ESCARRÁ, titular de la cédula de identidad Nº 3.820.195 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 14.896, mediante la cual solicitó ante esta Sala la nulidad, por razones de inconstitucionalidad, de los artículos 4, 7, 10, 11, 16, 19, 22, 25, 28, 40 y 81 de la LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.280 del 26 de septiembre de 2005. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

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