Sentencia N° 1021 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1021, Exp. 06-0474, 11/05/2006
Expediente06-0474
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Jovany Padilla Galindo contra el presidente del Banco Central de Venezuela, quien fue despedido injustificadamente. El demandante solicitó su reenganche y el pago de salarios caídos, argumentando violaciones a sus derechos constitucionales. La Sala determinó su competencia y analizó la admisibilidad de la acción, concluyendo que existían vías ordinarias para resolver la controversia, lo que llevó a la inadmisibilidad de la solicitud.
Extracto de la motiva
La Sala ha establecido en reiterados criterios, conforme a las normas citadas, su control con carácter excluyente y exclusivo de los actos, hechos u omisiones acaecidos por los altos funcionarios públicos nacionales, indicados anteriormente, no obstante, la enumeración expuesta en el artículo 45 eiusdem, es de manera enunciativa y no taxativa. Así pues, esta Sala ha establecido en reiterados criterios, conforme a las normas citadas, su control con carácter excluyente y exclusivo de los actos, hechos u omisiones acaecidos por los altos funcionarios públicos nacionales, indicados anteriormente, no obstante, la enumeración expuesta en el artículo 45 eiusdem, es de manera enunciativa y no taxativa.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano JOVANY PADILLA GALINDO, asistido por el abogado en ejercicio Clímaco Monsalve Obando, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta contra el presidente del Banco Central de Venezuela, por haber sido despedido injustificadamente, solicitando su reenganche y el pago de los salarios caídos. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
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