Sentencia N° 1020 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 1020, Exp. 13-1036, 09/12/2016
Expediente13-1036
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-12-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, se pronunció sobre una demanda interpuesta por abogados en defensa de los derechos colectivos de los consumidores de medicamentos en Venezuela. La demanda fue presentada contra varias sociedades farmacéuticas, solicitando que cumplan con la obligación de producir formas de presentación de medicamentos bajo la modalidad de dosis individualizada, conforme a lo establecido en la Ley de Medicamentos vigente.

Extracto de la motiva

Por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente se admite, a reserva de su apreciación en definitiva, la prueba de informes promovida por Pfizer Venezuela, S.A., Sanofi Aventis de Venezuela, S.A., Daiichi Sankyo Venezuela, S.A., Bayer, S.A., Alcon Pharmacutical, C.A., Bristol-Myers de Venezuela, C.A., Boehringer Ingelheim, C.A., Merck, S.A., MSD Farmacéutica, S.A. (sucesora de Organon Venezolana, S.A.), Novartis de Venezuela, S.A., Takeda S.R.L., (anteriormente denominada Nycomed Venezuela S.R.L.), y Laboratorios Wyeth, S.A., fundada en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, y producida en sus escritos del 16 de junio de 2015, los cuales corren en los folios 448, 449, 451, 452, 454, 455, 457, 458, 460 al 462, 464, 465, 467, 468, 470 al 472, 474, 475, 477, 478, 480, 481, 483 al 485, de la Pieza n.° 5 del expediente.

Dispositiva

La Sala, en el presente caso, admite como perito testigo, a los doctores Jenny Páez Sáenz, Ángela Montañez, y Roger González Cortez, promovidos por Grunenthal Venezolana Farmacéutica, C.A., los cuales serán presentados por su promovente, sin necesidad de citación previa, en un acto único, que comenzará a las 10:00 a.m. de la primera audiencia del debate oral, donde se les juramentará, y en el orden en que sean presentados se les tomará declaración, hasta que en la misma audiencia o en las siguientes o sucesivas si se prorrogare, se tomará declaración a los que concurrieron a la primera audiencia.

Palabras clave

derechos colectivosmedicamentosLey de Medicamentos

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