Sentencia N° 102 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de febrero de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0102, Exp. 23-0643, 12/02/2025
Expediente23-0643
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-02-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil Constructora Arza C.A. contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La decisión se basa en que el juzgado ya se pronunció sobre el recurso de apelación, cesando así la presunta violación de derechos constitucionales denunciados por la parte accionante.
El abogado Frannel Alexander Velásquez Hernández, en representación de la sociedad, había solicitado el amparo debido a la falta de respuesta del juzgado respecto a la apelación de una decisión anterior. Sin embargo, al haberse emitido una resolución el 22 de septiembre de 2023, la Sala concluye que no hay fundamento para continuar con el amparo, ya que la situación que motivó la acción ha sido subsanada.
Finalmente, la Sala considera que no es necesario pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada, dado que la acción de amparo ha sido declarada inadmisible.
Extracto de la motiva
Así las cosas, esta Sala considera, con fundamento en lo establecido en la norma y en el criterio jurisprudencial citado, que en el presente caso ha operado dicha causal de inadmisibilidad, por cuanto, a partir del 23 de septiembre de 2023 (con la decisión dictada por el juzgado superior accionado, mediante la cual declaró con lugar el recurso de apelación ejercido, revocó la decisión recurrida, con lugar la cuestión previa opuesta y en consecuencia la inadmisibilidad de la acción de intimación y estimación de honorarios profesionales), cesó la presunta violación de los derechos constitucionales denunciados, en la acción de amparo interpuesta por la representación de la sociedad mercantil Constructora Arza C.A.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta el abogado Frannel Alexander Velásquez Hernández, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA ARZA C.A., contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en el expediente n.° 1714 (nomenclatura de dicho órgano jurisdiccional) contentivo del recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada el 7 de marzo de 2022 por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con ocasión a la acción de intimación y estimación de honorarios profesionales extrajudiciales y judiciales a través del procedimiento breve, incoada por el abogado Alejandro Funes Campos contra la prenombrada sociedad mercantil.