Sentencia N° 102 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 102, Exp. 04-3015, 02/03/2005
Expediente04-3015
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-03-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por el General de División (Ej-R) Enrique Antonio Medina Gómez, quien alegó violaciones a sus derechos de acceso a la justicia y al debido proceso. La Corte Marcial había declarado inadmisible la acción, argumentando que las violaciones denunciadas habían cesado. La Sala confirmó esta decisión, señalando que el tribunal de control había subsanado las omisiones denunciadas al ordenar el acceso a las actas del expediente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el demandante de amparo denunció la violación a los derechos de su representado de acceso a la justicia, al debido proceso y a la defensa que reconocieron los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República, que supuestamente fueron vulnerados por la Juez Militar Primera de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal Militar, porque omitió pronunciamiento respecto de las solicitudes, que había presentado la defensa del General de División (Ej-R) Enrique Antonio Medina Gómez, de acceso a las actas que conforman el expediente fiscal y de nulidad de las pruebas presentadas por el Fiscal Militar especial contra el quejoso. Como medida cautelar solicitó la defensa que se suspendiera la celebración de la audiencia que establece el artículo 29 del Código Orgánico Procesal Penal. La Corte Marcial declaró inadmisible la pretensión de amparo, por cuanto la lesión a los derechos constitucionales del quejoso había cesado.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión que fue objeto de apelación que dictó la Corte Marcial el 28 de octubre de 2004 y declara INADMISIBLE la demanda de amparo que interpuso la defensa del General de División (Ej-R) ENRIQUE MEDINA GÓMEZ contra el Juzgado Militar Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal Militar. Publíquese, regístrese y devuélvase el expediente.

Palabras clave

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