Sentencia N° 1019 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1019, Exp. 10-0871, 28/06/2011
Expediente10-0871
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2011-06-28
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de habeas data interpuesta por Anabela Mendes Gomes de Gomes contra su cónyuge Joao Gomes De Jesús y varias sociedades mercantiles. La demandante busca acceder a información sobre los bienes de la comunidad conyugal, alegando que su esposo ha administrado los bienes de manera opaca y ha ocultado información relevante. La Sala, tras analizar la competencia, declara su incompetencia para conocer la acción, indicando que corresponde a los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) Su INCOMPETENCIA para conocer de la acción interpuesta por la ciudadana ANABELA MENDES GOMES DE GOMES contra el ciudadano Joao Gomes De Jesús y las sociedades mercantiles Supermercado Luxor C.A., Inversiones Casa C.A., Supermercados Luxor Valencia C.A., Supermercado Casa San Juan C.A., Hyper Mercado Modelo C.A., Constructora Luxor C.A., Inmobiliaria 20125 C.A., Inmobiliaria 27662 C.A., Inversiones 29888 C.A., Agropecuaria Los Juanchos C.A., Supermercado Luxor Guacara C.A., Central Luxor C.A. e Inversiones RCR 81, C.A. 2) Que el Tribunal COMPETENTE para conocer de la presente acción es un Juzgado de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En consecuencia ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Municipio de la mencionada Circunscripción Judicial a los fines de su distribución.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) Su INCOMPETENCIA para conocer de la acción interpuesta por la ciudadana ANABELA MENDES GOMES DE GOMES contra el ciudadano Joao Gomes De Jesús y las sociedades mercantiles Supermercado Luxor C.A., Inversiones Casa C.A., Supermercados Luxor Valencia C.A., Supermercado Casa San Juan C.A., Hyper Mercado Modelo C.A., Constructora Luxor C.A., Inmobiliaria 20125 C.A., Inmobiliaria 27662 C.A., Inversiones 29888 C.A., Agropecuaria Los Juanchos C.A., Supermercado Luxor Guacara C.A., Central Luxor C.A. e Inversiones RCR 81, C.A. 2) Que el Tribunal COMPETENTE para conocer de la presente acción es un Juzgado de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En consecuencia ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Municipio de la mencionada Circunscripción Judicial a los fines de su distribución.

Palabras clave

habeas dataderechos humanoscomunidad conyugalinformaciónsociedades mercantiles

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