Sentencia N° 1017 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de noviembre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 1017, Exp. 08-0104, 18/11/2022
Expediente08-0104
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2022-11-18
DecisiónPERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia el 18 de noviembre de 2022, en la que se declara la perención de la instancia y la extinción del proceso en un recurso de nulidad interpuesto por la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela. La causa había estado paralizada por más de un año debido a la inactividad de la parte actora, lo que llevó a la aplicación de la normativa que establece la extinción de la instancia en tales casos.
La decisión se fundamenta en que la acción no está vinculada al orden público y no se verifican las excepciones que impiden la perención. La Sala, al revisar las actuaciones, concluyó que no se habían realizado actos de impulso procesal desde marzo de 2016, lo que justifica la declaración de perención.
Finalmente, se ordena la publicación, registro y archivo del expediente, cerrando así el proceso administrativo iniciado por la demandante.
Extracto de la motiva
Las disposiciones transcritas, establece que cuando la causa haya estado paralizada por más de un año a consecuencia de la inactividad del accionante, se declarará la perención de la instancia, salvo que se trate de causas sobre materias ambientales o destinadas a sancionar delitos contra los derechos humanos, el patrimonio público o el tráfico de estupefacientes o psicotrópicos. En el caso de autos, no sólo se verifica que la causa ha estado paralizada por más de un año, sino que el presente asunto no está vinculado al orden público, ya que se refiere a la nulidad de una ordenanza que regula la prestación de un servicio público, ni se verifican las excepciones que estableció el legislador para la improcedencia de la perención de la instancia. Por tanto, se hace patente que se ha configurado uno de los mecanismos anormales de terminación del proceso como es la perención y, en consecuencia, se declara extinguida la instancia en este proceso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en el recurso de nulidad incoado por la ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE SERVICIOS ELÉCTRICOS DE VENEZUELA (ASUELECTRIC DE VENEZUELA), contra la Ordenanza de Aseo Urbano Domiciliario del Municipio San Diego del Estado Carabobo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.